4  Caracterización de la vivienda en el caso de estudio (San Francisco de Campeche)

4.1 Delimitar el alcance del estudio

Como se menciono antes, lo primero que se debe hacer es delimitar el alcance que esperamos tener con nuestro estudio, en este caso, se obto por acotarlo a una ciudad vulnerable en terminos de pobreza energética y privación de medios para alcanzar el confort energético. La ciudad seleccionada para el caso de estudio es San Francisco de Campeche, debido a dos criterios

En primer lugar, en (Cedano et al. 2021) se desarrolló un índice de privación energética que evaluó diez capitales representativas de los distintos bioclimas de México. En dicho análisis, Oaxaca de Juárez y San Francisco de Campeche fueron identificados como las dos ciudades más vulnerables de ese grupo en términos de pobreza energética y confort térmico. Es importante señalar que el estudio de (Cedano et al. 2021) no tuvo como propósito determinar cuál es la ciudad más vulnerable del país, y tampoco este trabajo persigue dicho objetivo. Por ello, la elección de esta ciudad responde a que se trata de una ciudad vulnerable, aunque no necesariamente la más vulnerable de México.

Posteriormente, el siguiente criterio utilizado fue el cálculo de horas de disconfort térmico por categoría al año utilizando el Universal Thermal Climate Index (UTCI), para ello se evaluaron las dos ciudades escogidas con el primer criterio, donde se encontraron los resultados mostrados en la tabla 1, en donde se puede observar claramente que San Francisco de Campeche pasa por más horas de disconfort que Oaxaca de Juárez. Por esta razón, se decidió utilizar la primer ciudad para este estudio.

Las fuentes de datos abiertos y las variables escogidas son las mismas que aparecen en la metodología

4.2 Determinar el consumo eléctrico mensual en kWh

En este caso de estudio, nos encontramos con que el gobierno del estado de Campeche asignó un subsidio estatal a la electricidad en un periodo que coincide con parte del levantamiento de la encuesta ENIGH 2024, al no encontrar información de la repartición a nivel de municipio para el caso de estudio, se tuvo que calcular el consumo para todo el estado.

4.2.1 Determinar la periodicidad del gasto

Como se puede ver en Tabla 4.1 en el caso de Campeche, las facturas mensuales representaron el 1.51%, mientras que las bimestrales el 88.79%. Por otro lado, es necesario desechar el otro 1.08%, ya que estos sugieren que las viviendas que los reportaron tienen deudas de periodos anteriores, y no es posible distinguir entre el monto que corresponde a la deuda o a servicios de reconexión del monto del consumo de electricidad, así mismo, se desecha el 8.62% por no reportar gastos en energía eléctrica.

Tabla 4.1: Distribución de viviendas según número de meses que abarca el recibo para consumo eléctrico reportado en el estado de Campeche.
Meses Viviendas %
0 1 3990 1.47
1 2 239289 88.45
2 3–80 2923 1.08
3 Sin datos 24325 8.99

4.2.2 Estimar las tarifas

En nuestro caso de estudio, para 2024 CFE y el gobierno de Campeche llegaron a un acuerdo (Estado de Campeche 2024), en el que en todo el estado solo se tuvo la tarifa 1F, la cual representa los costos más bajos. En Tabla 4.2 y Tabla 4.3 se pueden observar los costos que tuvieron las tarifas 1F obtenidos de (Electricidad 2025a). Asi mismo, en la Tabla 4.4 se muestran los precios de la tarifa DAC para 2024 obtenidos de (Electricidad 2025b)

Tabla 4.2: Costos de la tarifa 1F en 2024 para el periodo de verano
Bloque Costo abril [$/kWh] Costo mayo [$/kWh] Costo junio [$/kWh] Costo julio [$/kWh] Costo agosto [$/kWh] Costo septiembre [$/kWh] Límite de consumo [kWh]
0 basico 0.764 0.767 0.77 0.773 0.776 0.779 300
1 intermedio_bajo 0.952 0.955 0.958 0.961 0.964 0.967 900
2 intermedio_alto 2.314 2.322 2.33 2.338 2.346 2.354 1300
Tabla 4.3: Costos de la tarifa 1F en 2024 para el periodo fuera de verano
Bloque Costo enero [$/kWh] Costo febrero [$/kWh] Costo marzo [$/kWh] Costo octubre [$/kWh] Costo noviembre [$/kWh] Costo diciembre [$/kWh] Límite de consumo [kWh]
0 basico 1.015 1.019 1.023 1.275 1.28 1.059 75
1 intermedio 1.239 1.243 1.247 3.737 3.75 1.285 125
Tabla 4.4: Costos de la tarifa DAC en 2024
Concepto enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre
0 Cargo fijo [MXN] 130.770 130.520 131.070 131.780 131.710 131.950 132.570 134.940 135.210 136.70 138.450 138.980
1 Cargo por energía [$/kWh] 5.416 5.337 5.366 5.139 5.125 5.151 5.391 5.631 5.436 5.45 5.826 5.733

4.2.3 Calcular impuestos incluidos

Para el Derecho de Alumbrado Público (DAP), en el caso de estudio considerado en esta metodología, se tomó como referencia lo establecido en la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Campeche (Poder Legislativo del Estado de Campeche, Secretaría General, y Dirección de Control de Procesos Legislativos 2022). En dicho documento se especifica que:

“La tarifa mensual correspondiente al derecho de alumbrado público, será obtenida como resultado de dividir el costo anual global general actualizado erogado por el Municipio en la prestación de este servicio, entre el número de usuarios registrados en la Comisión Federal de Electricidad y el número de predios rústicos o urbanos detectados que no están registrados en la Comisión Federal de Electricidad. El resultado será dividido entre 12 y lo que dé como resultado de esta operación se cobrará en cada recibo que la Comisión Federal de Electricidad expida y su monto no podrá ser superior al 6% de las cantidades que deban pagar los contribuyentes en forma particular, sobre el consumo de energía eléctrica.”

Dado que la ley establece un límite del 6 % del consumo de energía eléctrica, en este estudio se adopta dicho valor como un cargo fijo para calcular el DAP de cada vivienda encuestada. Asimismo, tal como se indicó previamente en la metodología, se incorpora también el 16 % correspondiente al IVA.

Por lo tanto, el monto total de impuestos considerado para este análisis asciende al 22 % del consumo eléctrico bruto.

4.2.4 Considerar si fue taria de verano

Siguiendo la metodología previamente descrita, se determinaron los meses de tarifa aplicables para las viviendas del estado de Campeche. En la Figura 4.1 se presenta la distribución de dichas tarifas a lo largo del año. Entre las viviendas con información suficiente para estimar su consumo, el 98.05 % reportó un pago correspondiente a una tarifa de verano, mientras que el 1.95 % restante declaró un pago fuera del periodo de verano.

Es importante señalar que estos valores representan únicamente a las viviendas con datos adecuados para calcular su consumo: aquellas con periodos facturados de uno o dos meses, datos completos y con conexión a la red eléctrica de la CFE.

plt.figure(figsize=(10,6))
bars = plt.bar(range(12), tabla_plot["Viviendas"], color=colores)

plt.xticks(ticks=range(12), labels=meses_esp_abrev)
plt.ylabel("Viviendas")
plt.title("Viviendas por mes de tarifa para Campeche")

for bar, pct in zip(bars, tabla_plot["Porcentaje (%)"]):
    height = bar.get_height()
    plt.text(
        bar.get_x() + bar.get_width() / 2,
        height,
        f"{pct}%",
        ha="center", va="bottom"
    )

plt.tight_layout()
plt.show()
Figura 4.1: Distribución de meses de la tarifa aplicable para el estado de Campeche para las viviendas con datos suficientes para calcular el consumo. Las barras naranjas representan el periodo de verano y las verdes el periodo fuera de verano.

4.2.5 Estimación de subsidios

En el caso de Campeche, según (Gobierno de Campeche, s. f.), en 2024 se destinó 70 millones de pesos para este fin, pudiendo representar hasta el 50% del consumo, hay que recordar que el apoyo por el subsidio estatal disminuye conforme aumenta el consumo. Sin embargo, no hay un medio oficial en el que se detalle cómo se repartió ese subsidio en 2024, pero en el documento (Gobierno de Campeche, s. f.) especifica que en 2023 se repartió el subsidio solo a quienes tuvieron un consumo de bloque básico, y en esta metodología trabajaremos con la suposición de que en 2024 también se repartió de esa manera, es decir, quienes tuvieron un consumo menor a 300 kWh recibieron hasta el 50% de apoyo.

Como se observó en la sección anterior, el 98.05% de las viviendas encuestadas declararon un pago de electricidad efectuado en temporada de verano. El siguiente paso consiste en determinar cuántas de estas viviendas pertenecen a cada uno de los bloques tarifarios, en particular al bloque básico, ya que es este grupo el que recibió el subsidio estatal.

4.2.6 Asignar bloques tarifarios

Como se explicó en la sección de metodología, la asignación de bloques tarifarios se basa en los costos límite, es decir, el monto máximo que una vivienda puede pagar para permanecer dentro de un bloque específico. Estos valores representan el costo correspondiente al consumo en el límite superior de cada bloque. Los costos límite utilizados en este análisis se presentan en la tabla Tabla 4.5 y Tabla 4.6.

Tabla 4.5: Costos límites para el periodo de verano. Se presentan en pesos mexicanos [MXN] del 2024, el valor en mes representa el mes de la tarifa aplicable incluyendo el 22% de impuestos.
Mes mínimo mensual [MXN] básico [MXN] intermedio bajo [MXN] intermedio alto [MXN]
0 abril 23.3020 279.624 1324.920 4994.924
1 mayo 23.3935 280.722 1329.312 5012.004
2 junio 23.4850 281.820 1333.704 5029.084
3 julio 23.5765 282.918 1338.096 5046.164
4 agosto 23.6680 284.016 1342.488 5063.244
5 septiembre 23.7595 285.114 1346.880 5080.324
Tabla 4.6: Costos límites para el periodo fuera de verano. Se presentan en pesos mexicanos [MXN] del 2024, el valor en mes representa el mes de la tarifa aplicable incluyendo el 22% de impuestos
Mes mínimo mensual [MXN] básico [MXN] intermedio [MXN]
0 enero 30.9575 92.8725 281.820
1 febrero 31.0795 93.2385 282.796
2 marzo 31.2015 93.6045 283.772
3 octubre 32.0555 116.6625 686.555
4 noviembre 32.1775 117.1200 688.995
5 diciembre 32.2995 96.8985 292.861

En las gráficas Figura 4.2 y Figura 4.3 se presentan las proporciones de viviendas clasificadas en cada bloque tarifario para los periodos de verano y fuera de verano. Como se observa, durante el verano la mayoría de las viviendas se ubican en el bloque intermedio bajo (color naranja), con un 53.32 %, seguido del bloque básico (color verde), que concentra el 29.47 % de las viviendas.

Es importante destacar que el bloque básico corresponde a las viviendas que recibieron el subsidio estatal durante 2024; por esta razón, no es posible calcular directamente su consumo en esta etapa del análisis. En contraste, sí se puede estimar de manera directa el consumo del 71.19 % de las viviendas con datos suficientes, lo que equivale al 63.9 % del total de registros antes del proceso de limpieza.

También es importante señalar que las viviendas que aparecen en la columna gris, clasificadas como sin bloque, corresponden a casos en los que se reportó un gasto inferior al mínimo posible según la tarifa vigente. Debido a que estos valores son inconsistentes con la estructura tarifaria de la CFE, estos datos fueron desechados durante el proceso de limpieza.

Figura 4.2: Distribución de los bloques tarifarios a los que pertenecen las viviendas del estado de Campeche en el periodo de verano, porcentajes para las viviendas con datos suficientes para calcular el consumo.
Figura 4.3: Distribución de los bloques tarifarios a los que pertenecen las viviendas del estado de Campeche en el periodo fuera de verano, porcentajes para las viviendas con datos suficientes para calcular el consumo.
Podemos calcular directamente el consumo de 171,153 viviendas que representan el 70.77%
Esto representa  el 63.27% del total de los datos (antes de limpiarlos)

4.3 Resumen, limpieza de datos

Al depurar los datos siguiendo los criterios descritos anteriormente, se obtuvieron los resultados mostrados en la Tabla 4.7. En este caso de estudio, tras aplicar todos los filtros, se conservaron 242,834 viviendas, lo que representa el 89.76% del total inicial.

Sin embargo, si sumamos los porcentajes individuales presentados en la Tabla 4.7, obtenemos un 8.57% de datos descartados, lo cual implicaría que deberíamos conservar solo el 81.43%.

La razón por la que el porcentaje real de datos conservados es mayor es que, al aplicar los criterios de forma simultánea, los datos descartados no son equivalentes a la suma directa de los porcentajes individuales. Esto ocurre porque algunas viviendas cumplen más de un criterio de descarte. Por ejemplo, hay viviendas sin acceso a la electricidad que, además, no registraron datos de gastos por consumo eléctrico, por lo que son contabilizadas en más de una categoría dentro de la tabla.

Tabla 4.7: Valores desechados debido a diferentes criterios
Criterio Viviendas eliminadas Porcentaje (%)
0 Valores incompletos (NaN en gasto_mes) 21209 7.84
1 Periodo facturado mayor a 2 meses 27052 10.00
2 Viviendas sin acceso a electricidad 3265 1.21
3 Gasto menor al mínimo (25 kWh) 706 0.26
Al final nos quedamos con 241,829 que representan el 89.39
Todos los filtros juntos 80.69
Cedano, K. G., T. Robles-Bonilla, O. S. Santillán, y M. Martínez. 2021. «Assessing Energy Poverty in Urban Regions of Mexico: The Role of Thermal Comfort and Bioclimatic Context». Sustainability 13 (19). https://doi.org/10.3390/su131910646.
Electricidad, Comisión Federal de. 2025a. «Tarifa 1F». Sitio oficial CFE. https://app.cfe.mx/aplicaciones/ccfe/tarifas/TarifasCRECasa/Tarifas/Tarifa1F.aspx.
———. 2025b. «Tarifa Doméstica de Alto Consumo (DAC)». Sitio oficial CFE. https://app.cfe.mx/Aplicaciones/CCFE/Tarifas/TarifasCRECasa/Tarifas/TarifaDAC.aspx.
Estado de Campeche, Gobierno del. 2024. «Conoce tu tarifa». Gobierno del Estado de Campeche. https://www.semabicce.campeche.gob.mx/2024/02/19/conoce-tu-tarifa/.
Gobierno de Campeche. s. f. «La gobernadora Layda Sansores San Román firmó el convenio para la reducción del costo de la energía eléctrica para todo el estado». El Economista. https://www.eleconomista.com.mx/politica/La-gobernadora-Layda-Sansores-San-Roman-firmo-el-convenio-para-la-reduccion-del-costo-de-la-energia-electrica-para-todo-el-estado-20231211-0085.html.
Poder Legislativo del Estado de Campeche, Secretaría General, y Dirección de Control de Procesos Legislativos. 2022. «Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Campeche». Compendio Jurídico del Estado, Sección Leyes. Documento para consulta sin validez legal. https://legislacion.congresocam.gob.mx/index.php/etiquetas-x-materia/490-ley-de-hacienda-de-los-municipios-del-estado-de-campeche/file.